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Artículo: Carné por puntos. Desarrollo y evolución. PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Administrator   
viernes, 20 de noviembre de 2009

El 1 de julio de 2006 comenzó el funcionamiento en España del carné por puntos, el objetivo que pretendía esta nueva forma de valorar las infracciones de tráfico era lógicamente reducir la siniestralidad en las carreteras españolas entre un 10 y un 15%.

Para ello antes de su entrada en vigor se llevó a cabo una campaña de información dirigida a todos los conductores.

Pero después de tres años de funcionamiento es hora de hablar de sus resultados.
El número de conductores que ha recibido al menos una sanción con pérdida de puntos supera el 1.800.000, lo que supone un 7% del total. Destacar que la infracción por exceso de velocidad ha sido la más común.

Sin embargo nos preguntamos si realmente el número de muertos en carretera ha descendido, pues bien ha través de un estudio realizado por el Instituto Universitario de investigación del automóvil de la Universidad Politécnica de Madrid (INSIA), el permiso por puntos habría ahorrado hasta 1.500 muertes en sus tres años de vigencia.
No obstante conviene hacer una importante matización, el nuevo carné ha sido muy eficaz en carretera que es donde más ha disminuido la siniestralidad, mientras que en ciudad se ha mantenido, e incluso ha subido.
En lo que se refiere a su posible modificación hemos de tener en cuenta los siguientes cambios:

• Las notificaciones se podrán seguir enviando a un domicilio postal, pero las personas jurídicas también han de tener un domicilio virtual (correo electrónico o teléfono móvil), y en todo caso, valdrá con publicarlas en un tablón de edictos en Internet. No obstante se prevé que los particulares hagan un uso cada vez mayor de domicilio virtual, pues podrán recibir avisos sobre la caducidad del carné de conducir o la I.T.V. de sus vehículos.

• Reducción de 50% tanto en la cuantía económica como en el tiempo de suspensión de la autorización de conducir. Para ello se deberá pagar antes de que pase 15 días de su notificación.

• Por último, destacar que la Administración dispone de más tiempo para perseguir a los infractores que no quieren pagar, 1 a 4 años.

Autor: Rafael Servián Rodríguez


 

 
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